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IGIC en reformas en Canarias: qué tipo se aplica

IGIC en reformas en Canarias: qué tipo se aplica

En Canarias las reformas no tributan por IVA, sino por el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), el impuesto indirecto propio del archipiélago. Esto es muy importante: los tipos del 10% y del 21% del IVA peninsular no existen aquí, y en general el IGIC supone una carga fiscal más baja. Saber qué tipo te corresponde te ayuda a comparar presupuestos y a entender la factura sin sorpresas.

Tipos de IGIC en reformas

  • Tipo general del 7%: es el que se aplica por defecto a la mayoría de obras y servicios de reforma. Una reforma de un local, una segunda residencia o un apartamento de alquiler vacacional van a este tipo.
  • IGIC reducido (0% o 3%): en determinadas obras de rehabilitación o renovación de la vivienda habitual puede aplicarse un tipo reducido cuando se cumplen los requisitos previstos en la normativa canaria.

Cuándo se aplica el tipo reducido

El tipo reducido no es automático: está pensado para la rehabilitación de la vivienda habitual y depende de que tu caso encaje en los supuestos de la normativa canaria. Estos son los factores que se valoran habitualmente:

  • Que se trate de la vivienda habitual del cliente y no de un local, una segunda residencia o un inmueble destinado al alquiler.
  • Que la vivienda tenga cierta antigüedad y que la actuación sea de rehabilitación o renovación, no de obra nueva.
  • Que el coste de los materiales aportados por la empresa no supere el porcentaje que fija la normativa respecto al total de la obra; por encima de ese umbral, la operación puede cambiar de tratamiento.

Como cada obra es distinta, conviene confirmar con tu gestor o asesor fiscal si tu caso concreto cumple los requisitos antes de dar por hecho el 0% o el 3%. En Ecoinnova comprobamos tu situación y reflejamos el tipo que corresponde en el presupuesto, pero la decisión debe quedar respaldada por tu asesoramiento fiscal.

Qué se considera vivienda habitual

A efectos del tipo reducido, la vivienda habitual es aquella en la que resides de forma permanente, no una segunda residencia ni un inmueble que alquilas. Ese es el motivo por el que un apartamento de alquiler vacacional o una casa de vacaciones tributan al 7% general, aunque la obra sea idéntica a la de una vivienda habitual. Si tienes dudas sobre cómo encaja tu vivienda, tu gestor puede confirmarlo antes de firmar el presupuesto.

Por qué en Canarias pagas menos impuesto que en la península

El IGIC es más bajo que el IVA en casi todos los tramos. En la península una reforma puede tributar al 10% o al 21% según el caso; en Canarias, el equivalente es el 7% general o el 0%/3% reducido. Sobre una obra de 20.000 €, la diferencia entre pagar un 7% (1.400 €) y un 21% (4.200 €) es de 2.800 €, y frente al 10% peninsular (2.000 €) el ahorro sigue siendo de 600 €. Es una de las ventajas fiscales reales de reformar en las islas.

Ejemplo de factura: base + IGIC

El IGIC se calcula sobre la base imponible (el precio de la obra sin impuestos) y se suma aparte en la factura. Con dos ejemplos se ve claro:

  • Reforma de baño de 3.000 € (base) al tipo general: 3.000 € + 7% (210 €) = 3.210 €.
  • Rehabilitación de vivienda habitual de 20.000 € que cumple los requisitos: al 3% son 600 € de IGIC (20.600 € en total) y, en los supuestos con tipo 0%, no se añade IGIC (20.000 €), frente a los 1.400 € que supondría el 7% general (21.400 €).

La diferencia entre el 7% y el tipo reducido puede ser de varios cientos —o miles— de euros en una obra grande, por eso merece la pena verificar bien tu caso desde el principio.

El IGIC siempre va aparte del presupuesto

En los precios orientativos que ves en nuestras guías y en la página de precios el IGIC no está incluido: se calcula y se detalla aparte en el presupuesto y en la factura, con el tipo que corresponda a tu obra. Así sabes exactamente cuánto es obra y cuánto es impuesto, sin sorpresas al final.

En Ecoinnova verificamos tu caso y reflejamos el IGIC correcto en el presupuesto. Consulta también nuestra rehabilitación energética y las ayudas a la rehabilitación asociadas.

Retrato del equipo editorial Ecoinnova
Autor

Equipo Ecoinnova

Estudio de reforma integral e interiorismo en Gran Canaria, dirigiendo obras desde 2014 con un solo objetivo: que ninguna reforma dé sustos al cliente.

Preguntas frecuentes

Ayudas y trámites.

Lo que más nos preguntáis sobre este tema.

No. En Canarias se aplica el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), no el IVA. Por eso no existen los tipos del 10% ni del 21% propios de la península.

No. El tipo reducido se reserva para obras de rehabilitación o renovación de vivienda habitual. Las obras en locales comerciales tributan al tipo general del 7%.

La empresa que factura aplica el tipo según la normativa canaria, comprobando que se trate de vivienda habitual, la antigüedad y el porcentaje de materiales. Debe quedar reflejado en el presupuesto y la factura.

Depende. Si forma parte de la rehabilitación o renovación de tu vivienda habitual y se cumplen los requisitos, puede aplicarse el tipo reducido (0% o 3%). Si es una segunda residencia, un local o un alquiler vacacional, se aplica el 7% general. Confírmalo con tu gestor para tu caso concreto.

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